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Nuevo convenio internacional con Suiza: fin al secreto bancario y fiscal Por Ricardo Echegaray

El próximo 27 de noviembre entrará en vigor el nuevo convenio entre la Argentina y Suiza para evitar la doble imposición e intercambiar información fiscal y financiera entre ambos países.

En efecto, días atrás Suiza ha notificado a nuestro país haber completado los requerimientos constitucionales para la entrada en vigor del Convenio entre la República Argentina y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, el que ya fuera promulgado en Argentina como Ley 27.010 a través del Decreto 2262/2014.

Este acuerdo, suscripto el 20 de marzo de 2014 en Berna, vino a sustituir a aquel convenio que Argentina firmara con la Confederación Suiza en 1997, puesto en vigencia de modo provisional a partir del 1 de enero de 2001 y luego comunicada su terminación al Gobierno Suizo el 16 de enero de 2012, en virtud de los efectos impositivos que no resultaban favorables a los intereses del Fisco argentino.

Suiza es un socio comercial estratégico, se trata del sexto inversor directo de nuestro país y el tercer destino de las inversiones financieras de los residentes argentinos. Además hay en la Argentina 80 empresas con casa matriz en Suiza, que brindan empleo directo a más de 30.000 trabajadores.

En este contexto es que la firma de este nuevo documento se enmarca en el proceso de revisión de la política tributaria internacional iniciado a partir de la creación de la Comisión Evaluadora y Revisora de Convenios para Evitar la Doble Imposición, que importó la renegociación también de los Convenios con España y Chile, arrojando un resultado satisfactorio en función de los intereses y la posición tradicional argentina en materia de negociación de convenios tributarios.

El nuevo acuerdo contempla la potestad para Argentina de aplicar retenciones por pagos de regalías a empresas suizas y permite la imposición de las acciones y participaciones sociales con impuestos patrimoniales.

Además, elimina la cláusula de la nación más favorecida y establece una cláusula general anti-abuso a fin de que residentes de terceros países no se aprovechen indebidamente de los beneficios del convenio mediante la estructuración de planificaciones fiscales abusivas que resulten en una doble no imposición.

Un punto fundamental del nuevo convenio es que prevé el intercambio de información fiscal de conformidad con el estándar internacional. Esto permitirá a la AFIP obtener información de las inversiones financieras de argentinos en Suiza y de las operaciones de comercio exterior de exportadores argentinos que utilizan a empresas de Suiza como intermediarios o traders comerciales.

Se confirma así el compromiso de Argentina y Suiza hacia la transparencia fiscal internacional y su lucha contra la evasión, situación que, por un lado, se ve reflejada en la adhesión de Argentina como primer país sudamericano a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE y el Consejo de Europa.

Aún más, Argentina se encuentra dentro del grupo de países que implementará en forma temprana el nuevo Estándar Global referido al Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras, lo que implica que se comenzará a intercambiar información bajo esta modalidad a partir del año 2017. Desde entonces, la AFIP tendrá acceso a los datos de las cuentas bancarias de los argentinos radicadas en el exterior.

Por otro lado, Suiza se ha convertido en la 52ª jurisdicción en firmar el Acuerdo Multilateral de Autoridad Competente, lo que le permitirá seguir adelante con los planes para activar el intercambio automático de información de cuentas financieras en materia tributaria a partir de 2018.

En ese sentido, este instrumento pone fin al secreto bancario y fiscal entre la Argentina y Suiza.
Se trata de un logro muy relevante que se suma a la amplia red de Acuerdos Internacionales para el Intercambio de Información con que cuenta la AFIP con el objetivo de potenciar las tareas de fiscalización a nivel internacional.

Estamos dando un paso extraordinario para asegurar un marco adecuado y seguro para las inversiones extranjeras, tratándose un camino prudente y equilibrado para que los fiscos de ambos países no vean mermado su nivel de recaudación y que la mecánica para evitar la doble imposición sea beneficiosa para ambas partes, además de asegurar un comercio exterior transparente.

* Administrador general de la AFIP