Según establece la Resolución N°460 del Ejecutivo de Oberá, a partir del viernes 17 entra en vigencia la medida que restringe la circulación de personas que no están exceptuadas del aislamiento preventivo y obligatorio.
Es decir que, podrán andar por las calles de Oberá, las personas que según la terminación del Documento Nacional de Identidad, le corresponda al día asignado.
Quedan exceptuados aquellos que tengan turnos asignados por una entidad bancaria, de previsión social o casos de emergencia por salud o por tener a una persona a cargo.
De este modo, podrán circular los lunes, miércoles y viernes quienes tengan terminación 0, 2, 4, 6 y 8.
Mientras que martes, jueves y sábado los que tengan terminación en 1, 3, 5 y 9.
La restricción es entre las 7.30 y las 15. Y la medida se extiende hasta el 26 de abril.