Sospechas de evasión de divisas sobre una empresa líder en insumos para el campo
La firma Rizobacter no ingresó al país divisas por u$s 17 millones, generadas en ventas a empresas vinculadas en el exterior. La justicia penal económica investiga un posible delito de contrabando.
La Justicia Penal ordenó una serie de allanamientos sobre la sede central y oficinas conexas (despachante de aduana) de una importante empresa del complejo agroexportador, a raíz de una denuncia por presunto contrabando. La denunciada es la firma Rizobacter, del grupo Bioceres, firma líder en la producción y comercialización de inoculantes, abonos y preparados para mejorar los rendimientos del suelo, que está sospechada de haber simulado operaciones de exportación, en ventas a empresas vinculadas (integrantes del mismo grupo económico) de Brasil, Estados Unidos y Francia. Se estima que Rizobacter controla aproximadamente el 20% del mercado mundial de inoculantes utilizados en la producción agrícola.
Según los resultados de la investigación en manos de la Justicia, se habrían detectado ventas al exterior por casi 17 millones de dólares que, si bien están documentadas, no se registró la liquidación de divisas correspondiente en el mercado de cambios formal.
Los domicilios allanados corresponden a la sede central de Rizobacter, en la localidad de Pergamino (avenida Dr. Arturo Frondizi 1150 de dicha ciudad), y a la de su despachante de aduana en la Ciudad de Buenos Aires.
La denuncia contra Rizobacter surge a partir del monitoreo e investigación que viene desarrollando la Aduana sobre una serie de empresas exportadoras que declaran operaciones de venta al exterior pero no el ingreso de las divisas. Esto, en el marco de una serie de acciones que está implmentando el organismo tratando de tapar los orificios por donde se siguen filtrando los dólares que deberían estar engrosando las reservas del Banco Central.
El organismo de control del comercio exterior habría puesto el ojo sobre empresas que presentarían esta misma irregularidad en un rango que va desde los 5 a los 30 millones de dólares. Habría, al menos, entre 12 y 15 empresas en tal condición bajo análisis de las autoridades.
El escrito presentado por la AFIP, a partir de una investigación realizada por la Aduana, señala que “estamos en presencia de una empresa que, aprovechándose de una operación de comercio exterior, ha logrado importantes beneficios económicos a través de simulaciones de operaciones de exportación. Las cuales, si bien fueron formalizadas, en un número importantes de casos no cumplieron con la obligación de liquidar las divisas, siendo sus clientes firmas vinculadas a la misma exportadora”.
Dicha presunción parte del cotejo del total de las “destinaciones de exportación con fecha de cumplido” entre el 1° de enero de 2021 y el 31 de marzo de 2022 (15 meses), con el listado de las destinaciones por las cuales Rizobacter liquidó divisas. El informe de la Aduana indica que, sobre un total de 475 operaciones declaradas en ese lapso por valor total de u$s 27,86 millones exportados, sólo se liquidaron divisas por u$s 11,06 millones. El monto pendiente no liquidado, y ya vencido, asciende exactamente a u$s 16.804.841,17.
“Lo que denunciamos concretamente es el no ingreso de divisas en el vencimiento establecido por el BCRA para las mercaderías exportadas. Además de no cumplir con la liquidación de divisas, denunciamos el accesorio de que la empresa efectúa las exportaciones con firmas vinculadas, con el beneficio que ello implicaría”, apunta el escrito presentado a la justicia.
Lo que sostiene la denuncia es que se exportó mercadería a empresas vinculadas en el exterior, no se liquidaron las divisas que debían ingresar al país y se cobraron los reintegros sobre los productos enviados.
Concretamente, refiere la denuncia que la empresa recibió reintegros por u$s 1.148.108,44 sobre las destinaciones de exportación de los quince meses señalados. Los distintos productos que Rizobacter exportó tienen reintegros del orden del 5% en general, dependiendo de la posici{on arancelaria en el que estén encuadrados.
Previo a la orden de allanamiento, la Fiscalía que interviene en el caso había considerado que correspondía “continuar con la instrucción” de la causa en relación con los hechos denunciados, “en orden a la presunta comisión del delito de contrabando (art. 864, inc. e) del Código Aduanero) por parte de la firma y así como también de toda otra persona que haya intervenido en la maniobra denunciada”.
Dicho apartado del Código señala una pena de dos a ocho años de prisión para quien sea considerado culpable de la comisión del delito.
Por Raúl Dellatorre-Página/12