El organismo descentralizado determinó que el producto puede “suscitar engaño o confusión en las y los consumidores” a partir del rotulado de sus etiquetas
La Anmat (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió hoy la “elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas de venta en línea” de una marca de chocolate por carecer de registros sanitarios y contener la leyenda “sin THC sin CBD” en su rótulo. Lo hizo a través de la Disposición 9906/2022, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del jueves.
A raíz de una denuncia en el Juzgado Nacional N° 3 de la provincia de Mendoza se inició una investigación tras una supuesta marca de chocolates denominada “Chocogollos” que no cumplía con la normativa alimentaria vigente y hacía alusión a “cogollos” de marihuana, que contienen sustancias encargadas de proporcionar diferentes estados psicofísicos, tales como THC, CBD, CBG o THCV.
La denuncia fue atendida por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) quien realizó una búsqueda para identificar a la marca y se determinó que se trataba de la comercialización en góndola de un producto de similares características rotulado como: “Chocolates sin THC sin CBD “Choco Cryp” – Sabor Kaliboom 170 g.”, cuyo rótulo no indicaba lote, vencimiento, procedencia ni ningún otro dato obligatorio.
Es por eso que el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria a que evalúe las medidas a adoptar, ya que el producto se publicitaba y promocionaba en plataformas de venta en línea.
De esta forma, la Anmat decidió prohibir “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: “Chocolates sin THC sin CBD “Choco Cryp” – Sabor Kaliboom 170 g.”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal, y por contener la leyenda “sin THC sin CBD” en su rótulo puede suscitar engaño o confusión en las y los consumidores”.
Otro chocolate prohibido por la Anmat
Hace un mes, la Anmat también prohibió la comercialización en todo el territorio argentino y plataformas de venta en línea de una marca de chocolate con maní por desconocer sus condiciones de elaboración y tratarse de un producto “ilegal”.
Desde la DIPA, precisaron que el registro del “Chocolate con leche, maní y cereal; marca “Crok” -por el cual se radicaba la consulta en cuestión- era inexistente. Bajo la misma línea, agregaron que no había tampoco establecimientos autorizados para la elaboración de la golosina.
En consecuencia, se solicitó ante la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria llevar a cabo un inspección del local expendedor del artículo. Para el caso particular, al tratarse de un producto que se vende en línea, la investigación se centró en la comercialización a través de plataformas de Internet.
Hecha la indagación, y tras constatarse la irregularidad, se recomendó a la Anmat que el producto “no pueda ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio” a fin de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”.