Se trata del capítulo 4 de la normativa contenida en el DNU 70/2023. Lo decidieron los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera, en una causa impulsada por la CGT.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió levantar la feria judicial para suspender los efectos de la reforma laboral incluida en el DNU 70/2023, de Javier Milei. Se trata de una medida cautelar que se dispuso a raíz de la causa promovida por la Confederación Federal del Trabajo (CGT).
Días después de que la Corte Suprema de Justicia aceptara analizar la constitucionalidad del megadecreto que tiene el fin de desregular importantes cuestiones de la Economía, los camaristas Andrea García Vior y Alejandro Sudera tomaron esta medida. Los votos fueron dos a uno, ya que la jueza María Dora González votó en disidencia.
En el fallo de este martes, González y Sudera consideraron que debido a las particularidades del caso “lo traído a consideración amerita la apertura de la habilitación de la feria judicial solicitada” por la central obrera.
En ese sentido, los jueces sostuvieron que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.
Los magistrados remarcaron que el Jefe de Estado podría haber convocado a sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación si consideraba prioritario el tratamiento de la reforma laboral. Entre otras modificaciones, había cambios vinculados a la interpretación de las normas, contratación, jornada laboral, indemnizaciones y actividad sindical.
Sudera citó a la Corte Suprema, dijo que el Congreso Nacional “tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento y el Poder Judicial dicta sentencias” y le señaló al presidente: “Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema”.
Dentro de la disidencia, la jueza González sostuvo que debía enviarse el caso a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para que decidiera si era competente ese fuero, que ya suma diversos expedientes contra el “Mega DNU”, o el laboral, tal como había dicho el fiscal general Juan Manuel Domínguez.
“Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, decidieron en el documento emitido este miércoles.
El decreto firmado por Milei fue publicado el 27 de diciembre pasado y la vigencia operaba a partir del día 30 de ese mes. Sin embargo, de forma transitoria la Justicia frenó las reformas planteadas por el nuevo gobierno.
Amparos contra el DNU
El Tribunal había estudiado la apelación de la CGT contra el fallo de primera instancia del juez José Ignacio Ramonet, que había rechazado el pedido gremial por considerar que el decreto no estaba vigente cuando se presentó.
El pedido de la central sindical es una de las presentaciones contra el DNU ya que hay varios que tramitan en el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2, pues allí fue donde se recibió la primera demanda, y es donde el Gobierno a través de la Procuración del Tesoro reclamó que se unifiquen todos los recursos de amparo.
Por su parte, los abogados de la Procuración, a cargo de Rodolfo Barra, pidieron que con “urgencia” se trate su pedido de habilitar la feria porque tras el amparo de la CGT “se corre riesgo que se suspendan las políticas públicas trazadas por el Poder Ejecutivo Nacional”.
En tanto, resaltaron que si actúa el fuero laboral “se pone en inminente riesgo los objetivos de interés público que el DNU busca proteger y realizar”.
Otro de los planteos contra la iniciativa es el que presentó el Gobierno de La Rioja, con el patrocinio del ex juez cortesano Eugenio Raúl Zaffaroni, ante la Corte Suprema de Justicia, que ya habilitó su tratamiento pero para después de la feria de enero.