La resolución fue por una mayoría que conformaron los jueces Roberto Boico y Martín Irurzun. En disidencia y en el mismo sentido que Casanello votó Eduardo Farah.
Por mayoría, este jueves la Cámara Federal ordenó al juez Sebastián Casanello investigar “el origen y la veracidad” de los audios del extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, que dieron inicio a la causa por presuntas coimas en la compra de medicamentos.
La “incertidumbre” sobre el origen de los audios “torna impropio avalar la decisión” de Casanello, que había rechazado la nulidad de la causa solicitada por los abogados de los imputados.
De acuerdo a la sentencia a la que tuvo acceso PERFIL, los camaristas Roberto Boico y Martín Irurzun señalaron que la causa se inició por la denuncia de un particular basada en “trascendidos periodísticos”, pero aún no se conoce el origen de los audios cuestionados ni si fueron “manipulados, editados o armados total o parcialmente con inteligencia artificial”, tal como argumentó Spagnuolo en su defensa, a cargo de Mauricio D’Alessandro.

En disidencia, el juez Eduardo Farah avaló la resolución de Casanello y dijo que su decisión de rechazar la nulidad pedida por las defensas de Jonathan, Emmanuel y Eduardo Kovalivker, dueños de la droguería Suizo Argentina, y de Diego Spagnuolo era “correcta”.
“Lo que surge del expediente es que hubo una ‘notitia criminis’ por canales legales y que el curso posterior impreso al caso ‘respondió a la obligación legal de dar curso a una investigación penal ante la información de supuestos delitos’”, afirmó Farah.
Farah enfatizó que “los audios cuestionados” están relacionados a “presuntos actos de corrupción pública” que están previstos en el artículo 36 de la Constitución Nacional, en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y en la Convención Interamericana contra la Corrupción. En la denuncia que originó el expediente, presentada por Gregorio Dalbón, están mencionados el presidente Javier Milei, la secretaria de la presidencia, Karina Milei y el asesor Eduardo Menem.
El abogado de Spagnuolo había planteado que los audios serían “prueba violatoria de los derechos y garantías constitucionales”, al haberse obtenido sin certeza sobre su origen, “subrepticiamente”, y pudiendo haber sido “falss, adulterados u obtenidos sin consentimiento del interlocutor”.
“La conversación pareciera haber tenido lugar en un ámbito que no resultaba privado”, indicaron los jueces Boico e Irurzun, que conformaron la mayoría.
Fuentes con acceso al expediente contaron a PERFIL que se enteraron de las resoluciones de la Cámara Federal sobre la causa ANDIS por los medios de comunicación. En otra resolución, que salió por unanimidad, los jueces rechazaron la excepción de falta de acción interpuesta.
Para argumentar sobre dicha excepción, Farah dijo que en este caso no se trata de violación a la garantía del ne bis in idem, que impide que el Estado haga intentos repetidos de perseguir penalmente a un individuo montando acusaciones sucesivas por delitos que resultan del mismo episodio delictivo.
Por otro lado, la defensa del médico urólogo Pablo Atchabahian, primer detenido del caso ANDIS en su casa de country en Mendoza, pidió este jueves que se revoque su arresto domiciliario al asegurar que no existen riesgos procesales que justifiquen la medida.

Por Barbara Komarovsky-Perfil

