La Cámara habilitó la apelación del Ejecutivo y suspendió provisoriamente las sanciones de $100.000 diarios contra el jefe de Gabinete. La medida cautelar que obliga a actualizar los salarios universitarios y garantizar las becas sigue vigente.
La Justicia suspendió provisoriamente las multas diarias de $100.000 que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el incumplimiento de la medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión fue tomada este jueves por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que hizo lugar a un recurso de queja presentado por el Gobierno.
El tribunal habilitó la apelación del Estado contra la intimación que había derivado en las sanciones económicas. De esta manera, las multas quedaron suspendidas mientras avanza la discusión judicial, aunque la obligación de cumplir con la cautelar universitaria continúa vigente.
La resolución se conoció el mismo día en que se realizó la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada por autoridades académicas, gremios docentes y no docentes y organizaciones estudiantiles para reclamar la aplicación de la ley y la actualización de los fondos destinados a las universidades públicas.
Cómo se originaron las multas a Santilli
El conflicto se remonta al fallo de Cormick, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, que intimó al Poder Ejecutivo a cumplir con la medida cautelar en un plazo de cinco días. La orden judicial exige actualizar los salarios docentes y no docentes y garantizar los fondos para becas universitarias.
El Gobierno apeló esa intimación, pero el magistrado rechazó el recurso el 30 de septiembre al considerar que no existía un agravio concreto y actual. Ante esa negativa, el Estado presentó una queja ante la Cámara para que revisara la decisión.
Mientras el planteo permanecía pendiente, el 14 de octubre Cormick hizo efectivo el apercibimiento y fijó una multa inicial de $100.000 diarios contra el titular de la Jefatura de Gabinete. Para fundamentar la sanción, el juez señaló las responsabilidades constitucionales de Santilli en la administración general del país y sus atribuciones sobre la distribución de los créditos presupuestarios. También advirtió que podía aumentar el monto o extender las sanciones a otros funcionarios.
Los argumentos del Gobierno
En su presentación, el Ejecutivo cuestionó que la intimación no precisara qué acciones concretas debía realizar para cumplir con la cautelar ni cuál era el monto exacto que faltaba actualizar. También sostuvo que la decisión afectaba su derecho de defensa.
En relación con los salarios universitarios, el Gobierno argumentó que la actualización prevista por la Ley de Financiamiento Universitario debía contemplar el período comprendido entre diciembre de 2023 y agosto de 2025, cuando se sancionó la norma. Para los meses posteriores, planteó que los incrementos debían discutirse en las negociaciones paritarias con los gremios.
El Ejecutivo también cuestionó el cálculo de actualización aplicado por Cormick y sostuvo que la sanción del Presupuesto 2026 modificaba el marco para determinar cómo debía cumplirse la ley. Esos planteos forman parte de la controversia que deberá resolverse en el expediente.
La cautelar universitaria sigue vigente
La medida cautelar que originó el conflicto fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia el 25 de junio de 2026, luego de que el Estado presentara un recurso extraordinario. El expediente principal, en el que se discute la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, continúa en trámite judicial.
El fallo de Cámara modifica provisoriamente la situación de las sanciones económicas, pero no resuelve la discusión de fondo sobre el cumplimiento de la ley. El Gobierno consiguió frenar las multas mientras se tramita su apelación, pero sigue obligado a responder por la aplicación de la medida cautelar.
La disputa judicial se mantiene así abierta en dos planos: la exigencia de actualizar salarios y garantizar las becas universitarias, por un lado, y la discusión sobre los alcances de la intimación y las sanciones impuestas a Santilli, por el otro.
Fuente: Perfil

