En junio, la Casa Rosada le revocó la acreditación a la periodista Silvia Mercado. Su representante legal, denunció este hecho como “inconstitucional” y “censura”.
El abogado Antonio Hernández explicó que derechos fundamentales violó el Poder Ejecutivo al inhabilitar la acreditación a la Casa Rosada a la periodista de Radio Jai, Silvia Mercado, cuya acreditación a Casa Rosada fue revocada. “Han tenido un accionar arbitrario, irrazonable y groseramente inconstitucional”, sostuvo en Modo Fontevecchia, por Net TV, Radio Perfil (AM 1190) y Radio Amadeus (FM 91.1).
Antonio Hernández es abogado constitucionalista y representante legal de Silvia Mercado ante el recurso de amparo que presentó por la revocación de su acreditación como periodista en la Casa Rosada. Además, es docente universitario y fue convencional constituyente de la reforma de 1994.
¿En qué consiste el amparo? ¿Cúal fuero es al que se lo dirige? ¿Qué tiempos jurídicos hay y cuándo podría tener una respuesta?
La acción de amparo es una garantía genérica cuando hay una violación a derechos fundamentales, como se ha hecho en este caso con Silvia Mercado, una periodista acreditada hace más de 10 años en la Casa de Gobierno.
En este caso, representaba a Radio Jai. Sorpresivamente, después de unos lineamientos y generalidades que se habían establecido, ella comprueba en junio pasado que ya no puede ingresar a la Casa de Gobierno para cumplir sus tareas. Cuando empieza a indagar con el señor Adorni y el señor Lanari, que son secretario y subsecretario de Vocería y Comunicación Pública, llegan a la conclusión de que, efectivamente, ya no está acreditada para cumplir sus funciones. Silvia empieza a tratar de obtener información ante la Secretaría General de la Presidencia para entender qué pasó y, al no lograr ningún resultado, no quedó otro camino que recurrir a la justicia.
Ha sido sorteado el Juzgado N° 10 en lo nacional y contencioso administrativo. Ya fue presentada la acción de amparo, así que vamos a ver qué es lo que puede resultar. Teóricamente, son tiempos acotados. Además, hemos pedido una medida cautelar innovativa para que el juez ordene inmediatamente a la Secretaría General de la Presidencia el reconocimiento de ella para que pueda seguir trabajando.
En definitiva, los derechos constitucionales violados son: derecho a trabajar y a ejercer industria lícita (artículos 14 y 20 de la Constitución), derecho a la igualdad, porque es la única periodista discriminada ante los más de 50 representantes admitidos de la prensa de distintos medios ante la Casa de Gobierno (artículo 16 de la Constitución), y sobre todo, la libertad de prensa, que es una libertad estratégica, protegida y esencial para el sistema republicano y la democracia. Se ha infringido el sistema representativo (artículo 1), el derecho a la libertad de prensa y a publicar las ideas sin censura previa (artículo 14), el secreto de las fuentes de información periodística (artículo 43) y el artículo 75, inciso 22, donde se reconoce jerarquía constitucional a distintos instrumentos internacionales y entre ellos, el pacto de San José de Costa Rica (artículos 13 y 14).
En el marco constitucional argentino, la libertad de prensa es una de las más protegidas y es de lo mejor que podemos exhibir en nuestro constitucionalismo. Pero en la realidad política y social, sabemos muy bien que no existe un adecuado respeto a la libertad de prensa. Conocemos muy bien los distintos ataques que se hacen al periodismo, pero este tiene en particular una gravedad muy especial, así que esperemos que la justicia, siguiendo lineamientos de la propia Corte de Justicia de la Nación, o incluso fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como el caso Perozo y otros vs. Venezuela o Ríos y otros vs. Venezuela, haga lugar a la medida cautelar en primer lugar. Sino, al resolver la cuestión de fondo al declarar la inconstitucionalidad de este accionar arbitrario, irrazonable y groseramente inconstitucional que ha tenido el Poder Ejecutivo.
El precedente del periodista norteamericano Jim Acosta
¿Qué puntos de contacto hay entre el caso de Silvia Mercado y el de Jim Acosta, el periodista de la CNN al que el presidente Trump le hizo expirar su acreditación en el año 2018 porque no le gustó una pregunta que le hizo y, en solo 9 días, el amparo a favor de este periodista hizo que se obligara al Gobierno a devolverle la acreditación?
Es exactamente el mismo caso. Es muy importante la referencia que usted ha hecho y quiero aprovechar para decirle a la audiencia la importancia de la tarea que realiza Perfil y Jorge Fontevecchia. Perfil ha creado el Premio a la Libertad de expresión internacional y se lo concedió a Jim Acosta. Ese caso es muy interesante y ojalá que nos pase exactamente lo que ocurrió en Estados Unidos.
La comparación con Estados Unidos es importante, porque ellos tienen una Constitución antigua, de 1787, que solamente con la enmienda primera, que se la debemos a James Madison, se incorporan los derechos fundamentales luego de lo que había sido sancionado en 1787. A partir de ahí, comenzó una jurisprudencia muy importante a favor de la libertad de prensa, que es de lo que más se destaca en la jurisprudencia de la Corte Suprema de justicia norteamericana y de ahí con los fallos de otros jueces.
En cambio, nosotros tenemos la legislación más avanzada del mundo, pero no siempre tenemos la jurisprudencia acorde a lo que establece la Constitución y los tratados internacionales. Ojalá que en este caso se produzca exactamente lo que sucedió en Estados Unidos con Jim Acosta. Fue tan rápida la reacción de la Justicia norteamericana que, a los pocos días pudo volver a trabajar. A partir de ahí, publicó un libro y recibió el reconocimiento de Perfil Internacional, entre otros.
Es esencial la libertad que tiene que tener cada periodista para preguntar, y es absolutamente fundamental para un sistema republicano que cualquier funcionario pueda responder a las preguntas que hace el periodismo.
La función del periodismo es esa: indagar, preguntar, cuestionar y criticar. Eso lo dijo muy bien la Corte Suprema norteamericana en el caso New York Times vs. United States: la prensa está para beneficiar a los gobernados, no a los gobernantes. Esperemos que la Justicia argentina siga este precedente norteamericano y que Silvia Mercado pueda volver rápidamente a cumplir sus funciones. Es una periodista con muchos años en el oficio y que siempre ha cumplido con responsabilidad sus tareas.