La Sala II de la Cámara Federal de San Martín le otorgó ese beneficio a Juan José Isola, procesado en septiembre por la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado por lavado de activos; investigaron movimientos millonarios en criptomonedas del Comando Vermelho
En octubre pasado, la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado procesó con prisión preventiva a Juan José Isola, un sindicado exbarra de Boca Juniors e investigado hace una década por los millonarios negocios de La 12 en cuevas de la City porteña, por el delito de lavado de activos. Se sospecha que manejó, junto con parte de su familia, más de 46 millones de dólares en criptomonedas del Comando Vermelho, una de las organizaciones narcocriminales más peligrosas del continente. En las últimas horas, fue beneficiado con el arresto domiciliario y será monitoreado con una tobillera electrónica.
Según informaron a LN calificadas fuentes judiciales, la decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, en un fallo firmado por los jueces Néstor Barral y Alberto Lugones.
El tribunal de alzada resolvió así una apelación presentada por la defensa de Isola después de que la jueza Arroyo Salgado, en enero pasado, rechazara el pedido de arresto domiciliario. En el expediente, el Ministerio Público está representado por el fiscal federal de San Isidro Fernando Domínguez.
“La investigación no terminó. La sospecha es que el grupo y las empresas de Isola le compraron a los brasileños del Comando Vermelho 100 millones de dólares en criptomonedas y así, fondeaba a la organización narcocriminal con dinero en efectivo. En investigaciones de este estilo, en donde hay gran movimiento de dinero que puede operarse de forma digital, hay un alto riesgo de que con el acceso a un simple teléfono celular se pueda desviar los fondos”, dijo un investigador después de conocer la decisión de darle el arresto domiciliario al sospechoso.
Según se desprende del expediente judicial, la defensa de Isola, de 50 años, hizo hincapié en tres ejes: la situación de su hijo menor de edad, el estado de salud del imputado y los riesgos procesales. Antonella María Garbagnati, pareja de Isola y madre del niño, ya había sido beneficiada con el arresto domiciliario y ahora fue excarcelada.
“El imputado tiene un hijo con una doble condición de vulnerabilidad y, por lo tanto, destinatario de una tutela judicial diferenciada, por su minoría de edad (9 años) y por registrar Certificado Único de Discapacidad, lo cual fue oportunamente analizado por esta Alzada en el marco de la resolución de fecha 28 de diciembre de 2023 dictada en el incidente de excarcelación de Garbagnati. Si bien surge que el niño se encuentra actualmente bajo el cuidado de su madre (quien se encontraba bajo arresto domiciliario, habiendo sido concedida su excarcelación en el día de la fecha) y tendría cubiertas las necesidades básicas, la ausencia de Isola ha afectado negativamente a su hijo, en tanto los informes obrantes en la encuesta coinciden en el retroceso detectado en el tratamiento de su condición a partir de la detención de sus padres, y, más precisamente, también destacan que el progenitor del niño es un referente afectivo muy significativo”, explicaron los jueces Barral y Lugones
Los magistrados tuvieron en cuenta un informe firmado por la directora del colegio donde estudia el niño, donde se afirmó que “esto [por la situación judicial] ha generado en el alumno mayor inestabilidad emocional, y momentos de mucha angustia. Actuamos desde la contención y en ocasiones requiere que lo retiren antes, porque demanda mucho malestar emocional y expresa que quiere estar en su hogar”.
También se analizó un estudio de un equipo interdisciplinario que trata al niño, en el que se sostuvo: “…en su aspecto conductual se han observado ciertos cambios en relación con etapas anteriores durante el año […] También han vuelto a aparecer algunas actitudes impulsivas que habían quedado atrás… Ha expresado con el correr de las sesiones sentirse triste porque no puede ver a su padre y ha manifestado durante las dos primeras sesiones tener dificultades en conciliar el sueño, refiriendo que él debe proteger a su madre y que a partir de la detención de sus padres, y con la vuelta a casa con su mamá, él está durmiendo con ella en la habitación”.
Para resolver, el tribunal de alzada recordó citas de la Corte Suprema de la Nación donde se explicó que la consideración rectora del interés superior del niño “lejos de erigirse en una habilitación para prescindir de toda norma jurídica superior, constituye una pauta cierta que orienta y condiciona la decisión de los tribunales de todas las instancias llamados al juzgamiento de los casos” y “los menores y/o discapacitados a más de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligados a su cuidado, requieren también la de los jueces y de la sociedad toda, siendo que la consideración primordial de su interés viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los jueces llamados al juzgamiento de estos casos”.
Para otorgar el arresto domiciliario, los jueces Barral y Lugones también analizaron el estado de salud de Isola, quien según el Cuerpo Médico Forense (CMF) “presenta diagnóstico de Leucemia linfática crónica, presenta leucocitosis con linfocitosis”.
“Allí [por el estudio del CMF] se consignó una larga serie de requisitos que ´un interno de las características de Isola requiere en su lugar de alojamiento´, que, si bien la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario Federal (SPF) respondió que podrían ser cubiertos tanto por el Complejo Penitenciario Federal I –Ezeiza- como por el Complejo Penitenciario Federal II –Marcos Paz-, no resulta controversial afirmar que estaría en mejores condiciones de ser cumplidos en su propio domicilio, teniendo en cuenta, fundamentalmente, que con ello se estaría contribuyendo conjuntamente a la salud psicofísica de su hijo, conforme lo explayado en los párrafos anteriores”, explicaron los magistrados.
Sobre los riesgos procesales, Barral y Lugones afirmaron: “En último orden de cosas, pero no por ello menos importante, cabe mencionar que la ponderación realizada por la jueza a quo [por Arroyo Salgado] sobre el posible contacto con las personas prófugas que podría coadyuvar a mantenerlas en ese estado en este proceso, se ve en la actualidad diluido frente a las decisiones tomadas por la magistrada en relación con otras imputadas, más precisamente la madre y la esposa del fugitivo Marcelo Alves De Sousa, respectivamente, a quienes se les concedió en un primer momento la exención de prisión, y luego la prisión domiciliaria, todo ello con anuencia del fiscal [por Domínguez]”.
Allanamientos
La causa por la que está procesado Isola fue dada a conocer en septiembre pasado, cuando se informó que por primera vez se habían detectado en la Argentina una organización brasileña que lavaba dinero del peligroso Comando Vermelho.
La causa comenzó tras una presentación hecha por la Procuraduría de Criminalidad Económica y el Lavado de Activos (Procelac), en la que se advirtió acerca de transferencias millonarias de fondos por medio de criptomonedas y activos fiduciarios.
Según fuentes judiciales consultadas por LN, este grupo que lavaba dinero de Comando Vermelho, grupo criminal que se originó en las favelas de Río de Janeiro, desembarcó en la Argentina luego de que comenzaran a tener problemas con la Justicia en Brasil.
La jueza Arroyo Salgado le encomendó las tareas investigativas a detectives del Departamento Operaciones contra el Lavado de Activos de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la PFA.
Según fuentes oficiales, los detectives de la PFA lograron determinar que el supuesto líder de la organización criminal, solo identificado por sus iniciales, Marcelo Alves de Sousa, que todavía está prófugo, y su pareja, estaban involucrados en maniobras de lavado de dinero en Brasil, donde eran propietarios de una entidad de asesoría financiera en Brasilia.
Por Gabriel Di Nicola-LN