Misiones Para Todos

La aberración de la censura previa

Los funcionarios deben tolerar, les guste o no, un mayor nivel de escrutinio público; el poder, cualquier poder, no puede decidir qué se puede informar y qué no

Jueces y fiscales corrieron para no perderse el protagonismo del espectáculo y, así, tomaron decisiones jurídicamente inexplicables. Para un lado o para el otro. Con todo, nada es tan claramente inconstitucional como la decisión del juez en lo Civil y Comercial Alejandro Maraniello, quien ordenó la censura previa de supuestos audios, no conocidos aún, de Karina Milei. La Constitución consagra el derecho a publicar ideas “sin censura previa” y hasta le prohíbe al Congreso el dictado de leyes que restrinjan la libertad de prensa (“libertad de imprenta”, dice con el lenguaje de la época, en la que solo había diarios). Muy pocas cosas son tan graves para la democracia como la censura previa, además, desde cualquier punto de vista.

Pocas veces en 40 años de la nueva democracia argentina se le ocurrió a un juez aplicar la censura previa, que es la peor de las censuras, aunque todas sean muy malas. Y es la peor porque se está negando al conocimiento público algo que nadie conoce en una suerte de tutelaje que los ciudadanos de una república no necesitan. No se trata de un privilegio de los periodistas, porque la ley no deja impune al periodismo de eventuales estragos que podría cometer con el honor de las personas, pero las sanciones legales sucederán, si suceden, después de conocidos los hechos. Nunca antes. Karina Milei dice que los audios anunciados (los difusores de las filtraciones aseguran tener 50 horas de grabaciones de conversaciones de la secretaria general de la Presidencia) podrían afectar su “honor” y la “seguridad nacional”, pero no precisa, ni describe de manera global, esa probable afectación a su honor y a la seguridad del país.

Es cierto que la Constitución protege también la inviolabilidad de la correspondencia, que podría aplicarse a las conversaciones privadas o a los mensajes de audios si existieron, y el derecho a la intimidad. Pero los funcionarios públicos deben tolerar, les guste o no (generalmente no les gusta), un mayor nivel de escrutinio, siempre que la información tenga relevancia para el interés público. En síntesis, el poder, cualquier poder, no puede decidir qué se puede informar y qué no.

Como si fuera poco, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, pidió el allanamiento del canal de streaming Carnaval, desde donde se difunden los distintos audios, y de las casas particulares de los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico, además de uno de los dueños de ese canal, Pablo Toviggino, tesorero de la AFA y hombre de confianza del caudillo de la organización del fútbol argentino, Claudio “Chiqui” Tapia, y del abogado Franco Bindi. Bindi es la pareja actual de la diputada Marcela Pagano, que militó en el mileísmo hasta que consiguió la banca en el Congreso y se convirtió luego en una brutal adversaria del Gobierno; el letrado tiene viejos nexos con los servicios de inteligencia, está muy cerca del kirchnerismo y es, también, un simpatizante de la dictadura venezolana de Nicolás Maduro.

Una versión no confirmada indica que la primera grabación de una conversación de Diego Spagnuolo, hecha en una confitería o restaurante por los ruidos cercanos que se perciben, fue precisamente con Bindi en su calidad de abogado. Spagnuolo, también abogado, habría consultado con Bindi, entonces ya pareja de Pagano y cuando esta militaba todavía en La Libertad Avanza, las consecuencias de presuntos delitos de funcionarios en conocimiento de él. Si fue así, la filtración es más grave todavía porque rompió el deber de confidencialidad que cualquier abogado tiene con su cliente o eventual cliente.

Decantan dos novedades inexplicables. Una consiste en que nadie puede responder qué hace Bullrich, responsable de la seguridad de los argentinos, metida en un escándalo que hurga en conversaciones o mensajes de funcionarios. ¿De dónde sacó que esas conversaciones podrían afectar la seguridad de los argentinos más que lo que ya lo hacen los motochorros o los sicarios del narcotráfico? En todo caso, podría haber actuado el Ministerio de Justicia, aunque su titular, Mariano Cúneo Libarona, está en Londres participando de un seminario. O el Procurador del Tesoro, jefe de todos los abogados del Estado, podría haber interpuesto un recurso. La presentación de Bullrich solo se explica en su permanente sobreactuación como militante mileísta, después de haber militado contra Milei.

La otra novedad refiere a una pretensión de la ministra, que ya no tiene explicación alguna, y es la que pide el allanamiento de las casas particulares de dos periodistas y de uno de los dueños de un medio para buscar las fuentes de información. Esas fuentes están protegidas particularmente por la Constitución argentina después de la reforma de 1994. Uno de los párrafos de su artículo 43 dice textualmente: “No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodísticas”. Para muchos, los periodistas cuestionados por Bullrich no son un ejemplo profesional, pero las garantías están hechas para protegerlos a ellos, no a los que cumplen con todas las normas éticas y morales. De cualquier forma, sobresale una pregunta elemental: ¿por qué hay casi una obsesión del gobierno en impedir que se conozcan más audios, sean de Spagnuolo o de Karina Milei? ¿Qué se quiere ocultar? ¿Cuál es el temor sobre el contenido de esos audios presuntos?

El fiscal Carlos Stornelli puso ayer las cosas en su lugar. Le pidió al juez Julián Ercolini, quien tiene en sus manos la presentación de Bullrich, investigar la denuncia de la ministra, pero reclamó expresamente respetar las fuentes de información de los periodistas y no allanar sus domicilios ni los de los medios que difundieron las grabaciones. El periodista Daniel Santoro contrastó ayer la actitud de Stornelli con la del entonces juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla (ahora es juez federal de La Plata), quien escarbó en 2019 en los teléfonos de los periodistas Nicolás Wiñazki, Luis Majul y del propio Santoro en el marco del operativo “puf”. Así se llamó a una operación del kirchnerismo para abatir definitivamente a Stornelli y al juez Claudio Bonadio, que venían de investigar el caso de los cuadernos.

De todos modos, Stornelli considera ahora verosímil la denuncia del Gobierno de que habría una intención destituyente en la difusión de esos audios. No se detiene, eso sí, en quienes difundieron los audios, sino en quienes entregaron las grabaciones para su difusión. En la “génesis” del escándalo, como él califica al comienzo de todo. Al fiscal le llamó especialmente la atención que los audios hayan trascendido a pocos días de elecciones cruciales en la provincia de Buenos Aires y de las elecciones legislativas nacionales; es un aval implícito a la posición del Gobierno que sostiene que se trató de una “operación” destinada a perjudicar electoralmente al Presidente. Pero Stornelli no hizo lugar al pedido de Bullrich de allanar las casas de periodistas o la sede de un medio periodístico, “merezcan el concepto que merezcan”, subrayó el magistrado. Una cosa es el delito; otra cosa es cómo llegar a sus autores.

Stornelli puso especial énfasis en que todo lo que se conoció pudo tratarse de una operación de inteligencia, de los “sótanos” del Estado, y, sin decirlo, echa luz sobre lo que parece también una intensa trifulca entre distintos sectores de los servicios de inteligencia. Si bien Bindi fue parte de esos servicios, su pareja, Pagano, oficializó en el recinto de la Cámara de Diputados el presunto papel que también habría jugado José Luis Vila, un viejo espía de la SIDE que tiene como jefe político al dirigente radical Enrique “Coti” Nosiglia.

Un exfuncionario del gobierno de Mauricio Macri recordó que el entonces presidente debió darle un cargo a Vila para no ceder en lo que pretendía Nosiglia: que Vila fuera el jefe de la SIDE. Fuentes del gobierno de Milei dicen que ahora sucedió lo mismo: Vila es actualmente un funcionario menor de la Jefatura de Gabinete; de esa manera, evitaron que recalara como titular de los servicios de inteligencia. ¿Hubo competencia entre Bindi y Vila, como dicen algunos, o hubo complicidad entre ellos, porque uno lo grabó a Spagnuolo y el otro contribuyó a la difusión de la grabación, como sostienen otros funcionarios? Quién lo sabe. Siempre es mejor estar lejos de esos personajes.

En el mientras tanto, también se discute en los tribunales si la decisión del juez Sebastián Casanello de allanar rápidamente las oficinas y las casas de la familia Kovalivker, dueña de la droguería Suizo Argentina mencionada por Spagnuolo como la que pagaba los sobornos, y pedir sus teléfonos celulares no fue una medida apresurada. Llama la atención no solo el apresuramiento del juez, sino también que no haya incluido en la incautación de teléfonos celulares al del subsecretario de Karina Milei, Eduardo “Lule” Menem, tan mencionado como la familia Kovalivker en las grabaciones de Spagnuolo.

Casanello es respetado en los tribunales como persona y como juez, pero él delegó la investigación en el fiscal Franco Picardi, que estuvo cerca del kirchnerismo. Siempre, de todos modos, es el juez quien debe autorizar los allanamientos. La privación de la libertad y los allanamientos son las decisiones más graves que puede tomar un juez. Los magistrados son los únicos argentinos que pueden meterse en la intimidad de una casa particular o quitarles la libertad a las personas.

Los primeros allanamientos de Casanello se hicieron respaldados por un audio, el de Spagnuolo, cuando todavía no se sabía si eran verdaderos, pero sí se sabía que no habían sido autorizados por un juez y eran, por lo tanto, de escasa o nula legalidad. Otra vertiente de funcionarios judiciales argumenta que los audios no son ilegales, salvo que los haya hecho clandestinamente el servicio de inteligencia, y que el juez puede usarlos como indicios de un delito. Podría, inclusive, apoyarse en ellos para salir a buscar nuevas pruebas y testimonios. Nunca podría, en cambio, usar esos audios clandestinos como prueba de nada, agregan. El debate tiene una especial envergadura porque si la Cámara Federal considerara ilegal el primer audio de Spagnuolo, podría declarar la nulidad de la causa iniciada por Casanello. A cuatro días de las elecciones bonaerenses, que tomaron una monumental dimensión política, la paranoia de la dirigencia descarta ya que exista la neutralidad.

Karina Milei - Alfredo Sábat

Por Joaquín Morales Solá-La Nación