La decisión había sido tomada por la jueza Lucila Córdoba, del Juzgado Civil N°8 de Buenos Aires.
El Juzgado Civil N°8 de Buenos Aires dispuso levantar la medida que les prohibía a los medios de comunicación publicar información sobre Jorge Lanata.
La decisión había sido tomada por la jueza Lucila Córdoba, quien había comunicado que se prohibía “la difusión de cualquier información relacionada con Jorge Ernesto Lanata, incluyendo su imagen, su vida privada, su situación familiar y detalles del proceso judicial en curso”.
En el escrito, se detalla que Lanata fue consultado sobre las medidas de la cautelar. “¿Cuál es su voluntad en cuanto a que se brinde información respecto a sus circunstancias de salud y familiar?”, fue la pregunta que le hizo la jueza. A lo que él respondió: “Uno siempre puede salir a responder”.
“Según lo que resulta del acta labrada en el lugar de internación en el día de la fecha, se encuentra el proceso en condiciones de decidir respecto de las medidas de la cautela que se han adoptado en cuanto a las restricciones de información de las constancias del expediente de la causa, relativas al estado de salud y familiar del señor Jorge E. Lanata”, indica el documento.
Además, se informa que también fueron consultadas al respecto sus hijas y su esposa Elba Marcovecchio. “Del mencionado instrumento resultan expresiones de voluntad del causante, coincidentes con las de sus familiares. Refirieron que no tienen inconveniente de que se hable sobre la salud y que esa es la voluntad de él”, expresa el comunicado.
“Resuelvo dejar sin efecto la restricción de información decidida mediante autos de fecha 26 y 27 de septiembre del corriente año, y su aclaratoria de fecha 28 de septiembre de 2024, por las que se había dispuesto restringir la difusión de los contenidos que pudieren lesionar su dignidad”, concluye el documento.
Qué decía el comunicado de ADEPA por la medida que prohibía a los medios hablar de Jorge Lanata
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) había lanzado un comunicado por la decisión que había tomado la jueza Lucila Córdoba, del Juzgado Civil N°8 de Buenos Aires.
“Se trata de una medida que debería ser dejada sin efecto con mayor premura que la que precedió a su dictado, por ser incompatible en letra y espíritu con las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa”, expresaron en el escrito.
Asimismo, desde ADEPA habían señalado que se trataba de una “censura judicial” que “puede ser fácilmente utilizada para proteger a los poderosos y silenciar a las voces independientes”, y “que representa un peligro para la convivencia democrática y el debate público”.
En esta línea, la organización había repudiado esta restricción y retomó los puntos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos planteó para definir la censura. “Cualquier medida preventiva que impida el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo las decisiones judiciales, constituye censura previa”, sostuvieron.