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La Legislatura reforzó la protección de consumidores y preservó un sitio de valor histórico y espiritual de Oberá

La Cámara de Representantes de Misiones sancionó una ley que incorpora la figura del consumidor o usuario hipervulnerable al régimen provincial de defensa del consumidor, con medidas de protección reforzada y herramientas específicas de acceso a la Justicia. Además, declaró Patrimonio Histórico, Cultural y Espiritual al Santuario de Schöenstatt de Oberá.

Una de las leyes, de autoría de la diputada Sara Butvilofsky, incorpora a la Ley III - 2 la figura del consumidor o usuario hipervulnerable, entendida como aquella persona que, por razones vinculadas con su edad, género, estado de salud, discapacidad, condición socioeconómica, nivel educativo, pertenencia a colectivos especialmente protegidos o por su contexto cultural o territorial, se encuentra en una situación de especial desventaja para ejercer plenamente sus derechos. La definición contempla además situaciones de hiposuficiencia digital frente a entornos tecnológicos de consumo.

La reforma establece un trato preferente y una protección reforzada para estos consumidores. La autoridad de aplicación deberá garantizar un trato digno y equitativo, priorizar la tramitación de los reclamos, adecuar los procedimientos a las circunstancias personales, utilizar lenguaje claro y accesible y aplicar ajustes razonables y mecanismos de acompañamiento cuando sean necesarios.

También incorpora un procedimiento administrativo adaptado para los casos en los que intervengan consumidores o usuarios hipervulnerables. Se podrán disponer audiencias adaptadas, comparecencias remotas o asistidas y una flexibilización razonable de los requisitos formales, siempre sin afectar las garantías del debido proceso.

Otro de los cambios alcanza al régimen de sanciones: las infracciones a las normas de defensa del consumidor que afecten a personas hipervulnerables serán consideradas una circunstancia agravante al momento de graduar las sanciones, dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.

En materia judicial, se mantiene el procedimiento sumarísimo previsto por la legislación vigente y se amplían las garantías vinculadas con la representación y el acceso a la Justicia. La norma precisa las condiciones para acreditar el mandato mediante carta-poder, establece que la certificación de identidad deberá realizarse gratuitamente y dispone que no puedan exigirse formalidades adicionales.

Cuando una acción sea promovida por un consumidor o usuario hipervulnerable, los jueces deberán valorar especialmente esa condición al analizar la admisibilidad, la carga de la prueba, las medidas cautelares y el alcance de la tutela solicitada. Para estos casos, se incorpora un criterio amplio, flexible, pro persona y pro consumidor, orientado a garantizar la tutela judicial efectiva, y se mantiene el beneficio de gratuidad previsto por la normativa vigente.

En los fundamentos del proyecto, Butvilofsky explicó que la iniciativa tiene por objeto fortalecer el régimen provincial de defensa del consumidor mediante reglas que permitan garantizar un acceso real y efectivo a la Justicia, tanto en sede administrativa como judicial.

La autora señaló que el artículo 42 de la Constitución Nacional reconoce el derecho de los consumidores a una protección especial y planteó que el principio de igualdad real requiere respuestas diferenciadas cuando existen situaciones de desventaja estructural. También advirtió sobre las barreras que pueden dificultar el acceso efectivo a la tutela de derechos, especialmente en el ámbito judicial.

También hizo referencia a las nuevas formas de vulnerabilidad vinculadas con la creciente digitalización de las relaciones de consumo, a partir de la expansión del comercio electrónico, las plataformas digitales, las aplicaciones móviles, la banca electrónica y los sistemas automatizados de contratación.

En el recinto, la diputada, como miembro informante, manifestó que “el trato preferente no significa un privilegio. Significa comprender que no se puede exigir el mismo recorrido, con las mismas barreras y dificultades, a quien parte de una situación más desfavorable. Cuando una persona necesita mayores herramientas para ejercer el mismo derecho, otorgárselas no rompe la igualdad, sino que la hace posible”.

“Esta ley busca brindar herramientas concretas a personas sobreendeudadas, adultos mayores que no comprenden una contratación, familias atrapadas en cadenas de créditos y consumidores que encuentran una aplicación antes que una respuesta humana”, agregó.

“Proteger al más vulnerable no significa otorgarle algo que no le corresponde; significa brindarle las herramientas necesarias para que pueda ejercer efectivamente sus derechos”, señaló la legisladora.

Por otra parte, la Cámara sancionó una ley de autoría del exdiputado Héctor Pereyra Pigerl que declara Patrimonio Histórico, Cultural y Espiritual al Santuario de Schöenstatt, situado en la ciudad de Oberá.

La declaración no impide la realización de obras destinadas a brindar instalaciones seguras e higiénicas ni aquellas necesarias para armonizar el contexto urbanístico y paisajístico del lugar.

Durante la sesión, la diputada Aryhatne Bahr, como miembro informante, se refirió a la iniciativa y expresó: “Cuando hablamos de este edificio no hablamos solamente de un edificio histórico; el santuario fue construido por la propia gente de Oberá, por los propios ciudadanos. Sus principales colaboradores fueron los alumnos del colegio, sus familias y sus vecinos, que fueron colocando ladrillo por ladrillo hasta levantar sus muros”.

“En la espiritualidad de Schöenstatt se habla de tres Gracias que se reciben allí: el cobijamiento, la transformación interior y el envío apostólico. Cobijar, transformar y enviar son tres palabras que no solamente pertenecen a quienes profesan esta fe, sino que le hablan a cualquiera que alguna vez necesitó un lugar donde sentirse recibido y amado”.

Esta iniciativa “busca engrandecer y reconocer un lugar tan significativo para los obereños y para quienes forman parte de esta comunidad”, concluyó la legisladora.