El diputado representará a la minoría parlamentaria en el órgano de administración de justicia que tiene la responsabilidad de juzgar a los miembros del Poder Judicial y funcionarios no sujetos al Juicio Político
El diputado provincial y precandidato a senador nacional de Juntos por el Cambio, Ariel “Pepe” Pianesi, juró ayer como miembro titular del jurado de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios de la provincia, en representación de la minoría parlamentaria.
“Se trata de una gran responsabilidad, que la tomo como tal. Ya he estado ejerciendo el cargo como miembro y se trata de una labor muy importante para garantizar la independencia y transparencia del poder judicial. Es necesario contar con este organismo para el control del ejercicio del derecho y el respeto a las instituciones”, expresó el legislador. Y agradeció el acompañamiento de los distintos bloques parlamentarios de la Cámara de Representantes por la designación.
La Constitución de la Provincia de Misiones, en su artículo 158, determina que “los miembros del Poder Judicial y los funcionarios no sujetos al Juicio Político y que requieran acuerdo de la Legislatura para su nombramiento, podrán ser acusados por cualquier habitante y por las mismas causas del artículo 151, ante un Jurado de Enjuiciamiento que estará integrado por el Presidente del Superior Tribunal, dos ministros de éste, dos legisladores y dos abogados de la matrícula”.
Mientras que en el artículo siguiente, detalla que “la ley reglamentará el procedimiento que ante él debe observarse, determinando el modo y la forma como deben ser nombrados los miembros componentes del Jurado”.
En el artículo 160, en tanto, se indica que “el acusado continuará en el ejercicio de sus funciones, si el Jurado no resolviere lo contrario. El fallo deberá expedirse dentro de los sesenta días a contar desde la admisión de la demanda, bajo pena de nulidad, y tendrá el mismo alcance que el fijado en el artículo 157 de esta Constitución. El Jurado se pronunciará siempre en pleno y por mayoría absoluta de sus miembros, y dará su veredicto con arreglo a derecho. Todas las garantías y derechos reconocidos por esta Constitución y la Nacional para el juicio de naturaleza penal, son de aplicación obligatoria. La ley no podrá restringir el derecho del denunciante mediante impuestos, fianzas, cauciones, gravámenes o requisitos no previstos en esta Constitución”.