El juez de la causa convocó a las empresas a una reunión con el Gobierno el próximo 27 de mayo. Así, se pospone el plan de reembolso
Las empresas de medicina consiguieron que la Justicia suspenda el plazo por el que debían presentar el plan de reembolso a los clientes. Además, el juez convocó a las partes a una audiencia el 27 de mayo.
“Atento a las múltiples peticiones formuladas y las razones esgrimidas, dentro del marco de la ejecución de la medida cautelar dictada con fecha 03.05.2024 y el efecto propio de su apelación (art. 198 del CPCCN), convóquese a las partes a la audiencia que se fija en los términos del art. 36 del CPCC para el día 27 de mayo de corriente año, a las 10 horas”, se precisó en el fallo del Juzgado Cilvil y Comercial Ferderal N°3.
“En consecuencia, suspéndase los plazos procesales hasta la fecha fijada precedentemente“, determinó la Justicia, posponiendo el plan de reembolso que debían presentar la prepagas en lapso de cinco días.
Prepagas: se desconoce cómo devolverán el dinero
Entre el jueves y este viernes, por orden del juez Juan Stinco, se publicó vía edito judicial la decisión judicial respecto de qué regla deben seguir las empresas para emitir los incrementos de ahora en más, pero paralelamente también cómo deberán devolver el dinero que han cobrado de más (desde enero a la fecha) a los afiliados.
“Hacer lugar a la medida cautelar y ordenar a las demandadas que se abstengan de efectuar aumentos de las cuotas en todos los planes prestacionales sin excepción, y retrotraigan el monto de los valores a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023, los que deberán actualizarse de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”, fue el punto 1 de la decisión judicial que fijó las nuevas reglas tras la presentación del Gobierno con la demanda.
Más allá de los pasos formales, también desde la Superintendencia de Servicios de Salud se ha girado vía mail a todas las empresas lo resuelto por el juzgado.
Asimismo, también el juez ordenó “establecer que en caso de que los afiliados hubieran abonado las facturas con los incrementos dejados sin efecto por esta decisión, la diferencia resultante entre dicho importe y el cálculo de actualización fijado, constituye un crédito a favor de cada uno de ellos”.
La Superintendencia de Servicios de Salud hizo una propuesta que esa devolución tenga un tope de hasta siete cuotas, y ese es uno de los aspectos sobre los cuales están todas las miradas.
Luego del edicto con el cual se dan por notificadas las 23 empresas de Medicina Prepaga afectadas por el fallo, es que el juez dio un plazo de cinco días “para que cada Agente del Sistema de Salud demandado presente un plan de acción para efectivizar la restitución dineraria que en el punto anterior se ordena, bajo apercibimiento de tomar las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento”. Este plazo quedó suspendido con la nueva decisión.
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