Postergan el dictamen de los Convenios de Doble Imposición con la guarida fiscal Luxemburgo y Japón
Un plenario de comisiones del Senado dio dictamen a favor de tres convenios internacionales (Turquía, China y Emiratos Árabes Unidos) y decidió postergar dos (Gran Ducado de Luxemburgo y Japón).
El miércoles pasado, un plenario de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Presupuesto y Hacienda del Senado dio dictamen a favor de tres convenios internacionales (Turquía, China y Emiratos Árabes Unidos) y dejó dos para más adelante (Gran Ducado de Luxemburgo y Japón). El domingo último, en estas páginas, se reveló que ambos tenían beneficiarios con nombre y apellido: el Grupo Techint de la familia Rocca y la automotriz japonesa Toyota.
Los Convenios de Doble Imposición con estos dos países eran escandalosos. La alianza liberal-libertaria conformada en el Senado se vió obligada a postergar su tratamiento. El Ministerio de Economía también envió mensajes de reprobación porque implicaría pérdidas de recursos impositivos en momentos que el ajuste para alcanzar el equilibrio de las cuentas públicas es el principal objetivo.
En el plenario, presidido por el senador por Formosa, Francisco Paoltroni (La Libertad Avanza), el senador por Jujuy, Ezequiel Atauche (LLA) sostuvo que “son convenios que fomentan la inversión extranjera, que generan un impacto muy positivo en el empleo y que estimulan el comercio internacional”. Paoltroni se refirió al “comercio y bilateralismo con el resto de los países” para luego afirmar que “está dentro de nuestra plataforma y de nuestra propuesta de gobierno agilizar absolutamente todos estos trámites y convenios”.
Los argumentos de los legisladores libertarios acerca de los beneficios para el país de los Convenios de Doble Imposición, en especial sobre la atracción de inversiones extranjeras, son muy débiles puesto que no se verifican en la realidad. Hasta fueron descartados por especialistas del Fondo Monetario Internacional.
El documento del FMI “Policy paper spillovers in international corporate taxation” destaca que no existen elementos concluyentes para sostener el argumento del potencial incremento en las inversiones que podría traer la firma de un CDI. Más aún, algunos estudios observan incrementos en la cantidad de empresas localizadas en el país, fuente de la renta, sin correlato en el aumento de las inversiones.
El informe de este organismo internacional también señala el hecho de que un país importador de capitales se beneficie de la firma de un CDI depende de si recibe un aumento considerable de inversión extranjera directa para compensar las pérdidas de recaudación. No existe evidencia empírica que lo compruebe.
Otro estudio del FMI “Are Tax Treaties Worth It for Developing Economies?” es más contundente al observar que:
* “El beneficio para atraer inversiones de los tratados a través del alivio a la doble imposición es esencialmente un mito“.
* “No se debería entrar en tratados tributarios meramente por cuestiones administrativas o políticas”.
* “En definitiva, las economías en desarrollo deberían ser escépticas respecto de si los beneficios de los tratados superan a sus costos”.
El extitular de la Aduana Guillermo Michel explicó en su cuenta de la red X que “estos CDI implican un retroceso en materia de política tributaria y resignación de potestades por parte de nuestro país”.
Respecto al convenio con Japón indicó que tiene una particularidad negativa porque excluyó de la definición de regalías el concepto de “asistencia técnica”, por lo cual este tipo de rentas no quedarán sujetas a imposición en el país fuente.
Para concluir que “el resultado concreto será que Argentina no podrá gravar, ni siquiera con un 10%, las regalías por asistencia técnica que se paguen a empresas de Japón. Esto beneficia de manera sustancial a la principal automotriz japonesa radicada en nuestro país”. Se refiere a Toyota.
Por Alfredo Zaiat-Página/12