El SiRADIG es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias. Permite a los empleados transmitir a sus empleadores la información correspondiente a través de F. 572 web con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo.
Las deducciones disminuyen la base imponible (los ingresos) a los fines de pagar el menor impuesto posible y las percepciones y otros pagos a cuenta, son impuestos ya abonados por anticipado, no disminuyen la base imponible (como las deducciones) sino que se restan directamente del monto a pagar. En caso que haya un saldo a favor, generan un reintegro del gravamen.
Devolución del dinero:
Con los datos informados en el Siradig, el agente de retención (empleador, Anses o Caja de jubilaciones provincial) realiza una liquidación final del Impuesto a las Ganancias.
El saldo a favor o en contra, se incluye en la liquidación anual, que el empleador la realiza hasta el 31 de mayo de 2025, y los reintegros o retenciones se incluyen en el recibo. Este saldo se compensa con lo que tendría que pagar la persona en ese mes.
Por Mundo Impositivo – Contadora Juliana Marvel Aranda MP 2826 – Contador Leandro Dammian Pittana MP 2702 – CPCM

